VICTORIA ACT
UNIVERSIDAD
MARIANO GÁLVEZ DE GUATEMALA
ESCUELA
DE CIENCIAS CRIMINOLÓGICAS Y CRIMINALÍSTICAS
LICENCIATURA
EN CRIMINOLOGÍA Y POLÍTICA CRIMNAL
LICDA.
M.A. DÁMARÍS ROMÁN
LEY USA VICTORY ACT
IVAN JAVIER
LÓPEZ 2054-13-11474
EDWIN BRYAN
LÓPEZ 2054-13-2410
GUMERCINDO
JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ 2054-12-10533
HUEHUETENANGO, JUNIO DE 2016
INTRODUCCIÓN.
Victory
Act (Vital Interdiction of Criminal Terrorist Organizations Act), entró en
vigencia en Junio de 2003 y es una ley muy poco conocida a nivel mundial, por
tratarse de una recopilación de los artículos contenidos en el "Acta Patriótica”.
Está ley hace revisiones y es de gran importancia, ya que:
Sirve como
guía para aplicación de leyes referentes al lavado de dinero y activos, el
crimen de cuello blanco, y el fraude corporativo;
Provee de
herramientas disuasivas y sentencias ejemplarizantes a quienes violen
cualquiera de estas leyes. Por ejemplo; establece claramente el mecanismo para
la confiscación de bienes, (extinción de dominio), procedimientos de
investigación, como interceptación de comunicaciones, extrajurisdiccionalidad y
extraterritorialidad;
Es el interlace, entre la Ley Patriótica y el combate frontal contra el narcotráfico, y el financiamiento al terrorismo.
Es el interlace, entre la Ley Patriótica y el combate frontal contra el narcotráfico, y el financiamiento al terrorismo.
VICTORY ACT
("Vital Interdiction of Criminal
Terrorist Organizations Act of 2003")
Acta
de la Victoria (*)
Segunda
parte de la Ley Patriótica, conocida como el Acta de la Victoria “Victory Act”.
Esta segunda parte de la Ley Patriótica de los Estados Unidos, se refiere a la
reglamentación y actualización de los procesos criminales, fortalece y aumenta
significativamente la penalización en casos como el lavado de dinero y activos,
el ocultamiento de información vital en las investigaciones en cuanto al
financiamiento del terrorismo y reglamenta el proceso para la confiscación de
bienes y capitales procedentes del crimen internacional organizado.
El
senador Orrin Hatch es el autor de Victory Act,
originada en su lucha por fusionar la guerra contra
el terrorismo y la guerra contra las drogas en una sola campaña. Incluye un
conjunto de disposiciones para aumentar la capacidad del gobierno para investigar,
escuchas telefónicas, enjuiciar y encarcelar a los lavadores de dinero,
fugitivos “narcoterroristas” y los distribuidores de drogas no violentos.
Esta ley es muy poco
conocida a nivel mundial, por tratarse de una recopilación de los artículos
contenidos en el "Acta Patriótica". Esta ley hace revisiones y sirve
como guía para aplicación de las leyes referentes al lavado de dinero y
activos, el crimen de cuello blanco, y el fraude corporativo. Provee de herramientas disuasivas y
sentencias ejemplarizantes a quienes violen cualquiera de estas leyes. Por
ejemplo; establece claramente el mecanismo para la confiscación de bienes,
(extinción de dominio), procedimientos de investigación, como interceptación de
comunicaciones, extra-jurisdiccionalidad y extraterritorialidad, es el
interlace, con la ley Patriótica en el
combate frontal contra el narcotráfico, y el financiamiento al
terrorismo.
OBJETIVOS
• Desmantelar las organizaciones criminales que financian el
crimen a través del lavado de dinero.
• Reformar y endurecer las sentencias y la penalización.
• Proveer las herramientas para ganar la guerra contra el
terrorismo, el narcotráfico y el crimen organizado.
PRINCIPALES SECCIONES
Artículo 101 Narcoterrorismo.
Crea una nueva categoría de delito
llamado "narco-terrorismo". Un narco-terrorista sería todo aquel que
posee la más mínima cantidad de una droga ilegal con la intención de distribuir
esa droga a alguien que - con o sin droga distribuidor el conocimiento - la
planificación para llevar a cabo un ataque terrorista. El narcotráfico es el
crimen de vender, distribuir o fabricar una sustancia controlada con la
intención de ayudar a un grupo terrorista.
Sección 201-225
Terrorismo.
Regula
la materia estableciendo facultades a las autoridades para interceptar
comunicaciones orales, escritas o electrónicas, conocer de investigaciones
criminales, vigilar a presuntos sospechosos a través de seguimientos, realizar
la búsqueda y respectiva captura de los mismos fuera de los Estados Unidos,
obtener información de organismos de inteligencia extranjera y realizar
allanamientos.
Sección 227-239
Terrorismo. Compilados los más importantes
tópicos de la más severa reforma de la Ley Antiterrorista que provee a las
agencias federales, estatales y departamentos de policía, todos los poderes
para perseguir el crimen organizado.
Sección
227:
Autoriza a las agencias de investigación
para tener acceso a todos los records de impuestos.
Sección 228: Autoriza al gobierno para repatriar capitales de organizaciones criminales y de individuos convictos de crímenes de tipo económico y asociados con el narcotráfico.
Sección 228: Autoriza al gobierno para repatriar capitales de organizaciones criminales y de individuos convictos de crímenes de tipo económico y asociados con el narcotráfico.
Sección 229:
Confiscación de valores o dinero en
efectivo, incluso -propiedades por el delito de encubrimiento o falsedad en el
reporte de transacciones financieras. En el evento que se encuentre con sus
respectivas ocultamiento o destrucción de libros de contabilidad, estados
financieros u otros informes financieros con el propósito de obtener facilidad
crediticia, será sancionado con prisión de 4 a 7 años de prisión dependiendo de
la gravedad de los hechos.
Sección 231:
Autoridad para intervención telefónica o
de cualquier tipo de comunicación, para delitos de tipo financiero y lavado de
dinero.
Este hecho ha generado en muchos países modificaciones a las leyes penales, a través de estatutos antiterroristas bastante cuestionados por el temor a infringir derechos civiles de los ciudadanos. Entre otras cosas:
• Permitiría al FBI la obtención de una orden para intervenir las comunicaciones de los dispositivos inalámbricos, como ser un teléfono celular, a través de cualquier tribunal de distrito de ese país
• Reduciría las restricciones al acceso gubernamental a registros financieros confidenciales
• Brindaría al gobierno mayores facilidades para incautar o inhibir los bienes de aquellas personas acusadas de lavado de dinero
• Aumentaría el poder del FBI para enviar citaciones por cuenta propia en casos de investigaciones relacionadas con el terrorismo sin necesidad de dar intervención a un juez.
Este hecho ha generado en muchos países modificaciones a las leyes penales, a través de estatutos antiterroristas bastante cuestionados por el temor a infringir derechos civiles de los ciudadanos. Entre otras cosas:
• Permitiría al FBI la obtención de una orden para intervenir las comunicaciones de los dispositivos inalámbricos, como ser un teléfono celular, a través de cualquier tribunal de distrito de ese país
• Reduciría las restricciones al acceso gubernamental a registros financieros confidenciales
• Brindaría al gobierno mayores facilidades para incautar o inhibir los bienes de aquellas personas acusadas de lavado de dinero
• Aumentaría el poder del FBI para enviar citaciones por cuenta propia en casos de investigaciones relacionadas con el terrorismo sin necesidad de dar intervención a un juez.
Sección 232: Investigación y confiscación de propiedades y garantías.
Reconocimiento y autoridad para los
casos de investigación y confiscación de propiedades producto de delitos
específicos catalogados como “delitos mayores”.
Teniendo en cuenta que el lavado de dinero y activos no solo proviene de actividades de narcotráfico, sino también de corrupción administrativa y evasión fiscal entre otros, la nueva ley, se extiende a cubrir la impunidad reinante observada en funcionarios públicos que gozan de sus fortunas inclusive en el mismo Estados Unidos; se expropiarán bienes de latinos corruptos. El alto riesgo que viven las entidades financieras respecto a las garantías que reciben por los créditos que otorgan, se presenta cuando proceden de fondos ilícitos ya que con esta nueva ley pueden ser confiscadas por autoridades de cada país.
Teniendo en cuenta que el lavado de dinero y activos no solo proviene de actividades de narcotráfico, sino también de corrupción administrativa y evasión fiscal entre otros, la nueva ley, se extiende a cubrir la impunidad reinante observada en funcionarios públicos que gozan de sus fortunas inclusive en el mismo Estados Unidos; se expropiarán bienes de latinos corruptos. El alto riesgo que viven las entidades financieras respecto a las garantías que reciben por los créditos que otorgan, se presenta cuando proceden de fondos ilícitos ya que con esta nueva ley pueden ser confiscadas por autoridades de cada país.
Sección 311:
Medidas especiales para las
jurisdicciones, las instituciones financieras internacionales, operaciones de
la principal preocupación de lavado de dinero.
Esta
sección le da facultad al secretario del tesoro nacional en EEUU intervenir en:
•
Jurisdicciones fuera de los EEUU
•
Instituciones Financieras que operen fuera de los EEUU
•
Transacciones dentro o fuera de los EEUU
Secciones 312- 365
Lavado de dinero
Se
dispuso el incremento de las políticas de debida diligencia para la banca
privada y cuentas corresponsales y el conocimiento del cliente y de las otras
instituciones financieras
la
creación de procedimientos para que estas instituciones compartan entre sí información
sobre clientes, lavado de dinero y terrorismo, se autorizó al Departamento del
Tesoro para prevenir el uso de “Cuentas de Concentración” por parte de los
clientes y así mismo se prohibió informarles de su existencia; la necesidad de
la creación de “programas anti lavado” para los corredores bursátiles, negocios
de servicios monetarios, tarjetas de crédito y fondos, y para los negocios no
financieros se obliga a sus administradores a registrar informes de
transacciones en efectivo bajo la Ley de Secreto Bancario.
Cooperación entre entidades financieras, autoridades regulatorias
y autoridades de aplicación de justicia. con el objeto específico de lograr que
las autoridades compartan con las entidades financieras la información relativa
a personas físicas, personas jurídicas y organizaciones dedicadas a actividades
terroristas o de lavado de dinero, o que resulten sospechosas de tales
actividades en base a pruebas creíbles y razonables.
Sección 377. Competencia extraterritorial. Jurisdicción de
Extraterritorialidad que supone la facultad de las autoridades norteamericanas
para perseguir cualquier extranjero en cualquier lugar del mundo que ejecute
cualquier acción constitutiva de terrorismo o de lavado de dinero que vaya en
desmedro de los Estados Unidos.
Toda persona que, fuera de la
jurisdicción de los EE.UU., llevara a cabo cualquier acto que, de ser cometido
dentro de la jurisdicción de los EE.UU., constituiría un delito en virtud del
inciso (a) o (b) de este artículo, quedará sujeta a las multas, sanciones,
penas de prisión y confiscación previstas en el presente título si:
'(1) el delito involucre un
dispositivo de acceso emitido, de propiedad de, administrado, o controlado por
una entidad financiera, emisor de cuenta, integrante de sistema de tarjetas de
crédito, u otra entidad en jurisdicción de los EE.UU.; y
'(2) la persona que
transporte, entregue o transfiera hacia o a través de la jurisdicción de los
EE.UU., o en general almacene, oculte o mantenga en jurisdicción de los EE.UU.,
cualquier artículo utilizado para ayudar a cometer el delito, o el producido
del delito o cualquier bien derivado del mismo.'.
La
colaboración internacional en la lucha contra delitos trasnacionales como el
terrorismo y el lavado de dinero sacrificando las libertades individuales para
restringirlas en virtud de una defensa a ultranza de la seguridad mundial.
Sea
que se acoja una postura u otra, lo cierto es que la ley patriótica tiene
aplicación y vigencia en todo el mundo, y de la misma forma vincula los delitos
de terrorismo y lavado de dinero bajo mecanismos de prevención y control que
deben ejecutar las instituciones financieras, evitando de esta manera el
arbitraje normativo, ya que para los delincuentes encontrar puerto seguro para
efectuar sus actividades ilícitas será bastante difícil...
CONCLUSIONES
·
La Ley Patriótica ha sido duramente criticada por diversos
organismos y organizaciones de derechos humanos, debido a la restricción de
libertades y garantías constitucionales que ha supuesto para los ciudadanos,
tanto estadounidenses como extranjeros.
·
Como se puede ver resulta imprescindible el tratamiento
jurídico del terrorismo y el lavado de dinero, ya que por medio de la
legalización de los dineros provenientes de actividades ilícitas como el
narcotráfico principalmente, se están financiando los actos terroristas más
atroces.
·
Teniendo en cuenta que
el lavado de dinero y activos no solo proviene de actividades de narcotráfico,
sino también de corrupción administrativa y evasión fiscal entre otros,
la nueva ley, se extiende a cubrir la impunidad reinante observada en
funcionarios públicos que gozan de sus fortunas inclusive en el mismo Estados
Unidos.
·
Finalmente, cabe destacar que toda persona, empresa,
gobierno, que tenga negocios con Estados Unidos está sujeto a esta ley, debido
a que para poder negociar se necesita la intervención de dos factores, uno en
el extranjero y otro con base en los Estados Unidos, por lo tanto cualquier
movimiento en dólares o documentos de valor, mercancías, servicios, etc. están
sujetos a las normas regulaciones y la aplicación esta ley norteamericana.
RECOMENDACIONES
·
La
expresión de la ley es clara y concisa, es determinante que el educando pueda
saber interpretarla y darle excelente aplicación.
·
Es
necesario ir profundizando cada uno de las normas internacionales, y comparar
su estructura literal con las leyes nacionales para a post establecer sus
diferencias.
·
Importante
es la formación del alumno, de manera completa y eficiente. Esta disciplina
contable es más que necesaria en cuanto a la profesionalización del estudiante,
para que a mediano o largo plazo pueda aplicar el conocimiento adquirido en
fraudes económicos.
·
·
En Guatemala
es necesario combatir todo lo relacionado a corrupción, pues es un cáncer que
día tras día amenaza con destruir las relaciones exteriores de nuestro país. El
futuro criminólogo debe estar consiente de todo esto y aplicar sus
conocimientos a favor de la justica y el Estado.
E-GRAFIA.
Patriot Act II Resurrected? [Documento en línea]. Consultado el
05/0516. Disponible en:
http://translate.googleusercontent.com/translate_c?hl=es&sl=en&u=http://www.wired.com/politics/law/news/2003/08/60129&prev=/search%3Fq%3Dvictory%2Bact%26hl%3Des&rurl=translate.google.co.ve&usg=ALkJrhjl59AWwa81Spkibs6bJv-Bl3dVnw#ixzz0lDbObSXc
USA PATRIOT ACT [Documento en línea]. Consultado el 05/05/16. Disponible en:
http://translate.googleusercontent.com/translate_c?hl=es&sl=en&u=http://www.wired.com/politics/law/news/2003/08/60129&prev=/search%3Fq%3Dvictory%2Bact%26hl%3Des&rurl=translate.google.co.ve&usg=ALkJrhjl59AWwa81Spkibs6bJv-Bl3dVnw#ixzz0lDbObSXc
USA PATRIOT ACT [Documento en línea]. Consultado el 05/05/16. Disponible en:
Principales
Secciones ley Victory[Documento en línea].Consultado el 05/05/16.Disponible en:
Lugo, D. Artículo: Victory Act.
[Documento en línea]. Consultado el 05/05/16Disponible en:
http://www.interamericanusa.com/articulos/Leyes/Ley-Victory%20USA.htm
El Auditor Interno. [Documento en línea]. Consultado el 05/05/16. Disponible en:
El Auditor Interno. [Documento en línea]. Consultado el 05/05/16. Disponible en:
http://www.iaia.org.ar/elauditorinterno/11/articulo2.html
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